La Ley de
Infogobierno establece las normas, principios y lineamientos aplicados a
la Tecnología de la Información, con el fin de mejorar la gestión
pública y hacerla transparente, facilitar el acceso de las ciudadanas y
ciudadanos a la información en sus roles de contralor y usuario, además
de promover el desarrollo nacional que garantice la soberanía
tecnológica.
El instrumento legal contarán con un plazo de 10
meses para su entrada en vigencia -previsto para agosto de 2014- a
partir del cual quedará derogado el Decreto Presidencial Nro 3.390 que
establece el uso prioritario de Software Libre en la Administración
Pública Nacional; así como el capítulo I del Título III y el Título V
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Sobre Acceso e
Intercambio Electrónico de Datos, Información y Documentos entre los
Órganos y Entes del Estado.
La nueva Ley establece que todo
programa informático que se desarrolle, adquiera o implemente en el
Poder Público deberá ser Software Libre y con estándares abiertos, salvo
las excepciones expresamente establecidas en la Ley y previa
autorización del ente competente.
Además, en la Ley de
Infogobierno se establece el carácter de obligatoriedad del uso de las
Tecnologías de Información en el ejercicio de las competencias del Poder
Público dentro de su gestión interna, en sus relaciones con las
personas y con el Poder Popular. Uno de sus fines es facilitar el
establecimiento de relaciones entre el Poder Público y las personas, a
través de las Tecnologías de Información.
Están sometidos a
la aplicación de esta ley los órganos y entes del Poder Público
Nacional, Estadal, Municipal, en todos los niveles del Gobierno, así
como en distritos metropolitanos, dependencias federales, el Banco
Central de Venezuela, las universidades, institutos de educación
universitaria públicos, las organizaciones del Poder Popular, y demás
personas de derecho público nacionales, estadales, municipales, entre
otros.
Descargue la Ley de Infogobierno
aquí.
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